Montar una farmacia en Camas

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Cómo abrir una farmacia

Para abrir una farmacia en España, explica, lo primero que se necesita es una licencia de farmacia. Ésta sólo la pueden tener las personas que posean la titulación de Farmacia, ya sea en licenciatura o en grado, y que estén colegiados. Asimismo, no podrán obtener una licencia aquellos profesionales farmacéuticos que ya dispongan de una o que incurran en alguna causa de incompatibilidad como es trabajar en la industria farmacéutica o tener un trabajo que impida la presencia habitual en el establecimiento. “La Ley exige la presencia habitual del titular de la licencia en la oficina de farmacia” apunta de Palacio.

Si se cumplen los requisitos para poder ostentar la licencia, el interesado puede conseguir ésta de dos formas: licencia de apertura y licencia de traspaso:

1.- Licencia de nueva expedición o apertura: son concedidas por las Administraciones autonómicas convocando concursos y las otorgan por méritos. Es decir, se basan en la experiencia, trayectos y publicaciones científicas que tenga la persona.

Esto dificulta, según detalla el presidente de la FEFE, que los recién licenciados puedan optar por una nueva apertura. “La mayoría de los profesionales que concursan son farmacéuticos que tienen unos 50 años de media, que son catedráticos o personas con doctorados o con mucha experiencia”.
Actualmente, las Administraciones autonómicas anuncian concursos y lo hacen porque han de cumplirse las leyes de ordenación de los establecimientos farmacéuticos. Éstas se basan en las distancias entre cada farmacia y en el número de habitantes que tenga el municipio, pero cada comunidad autónoma tiene las suyas. “Por un lado la normativa obliga a que exista una separación entre los establecimientos de farmacias de 250 metros. Y, por otro, sólo se pueden convocar concursos cuando se haya producido un incremento poblacional en la zona, siempre cumpliendo los ratios que tenga cada comunidad. Normalmente son de una farmacia por cada 1.500 o 2000 habitantes” explica de Palacio.

2.- Licencia de traspaso o del mercado secundario: es cuando se compra la licencia de una farmacia que ya está establecida. Es uno de los métodos más utilizados para conseguir una licencia. “La mayoría de los accesos a la apertura de una farmacia se hacen vía traspaso o en el mercado secundario. Como la licencia es patrimonio del farmacéutico titular, el traspaso se hace como una operación mercantil privada, que luego se comunica a la Administración”.

Las licencias de traspaso también se ven afectadas por las leyes de ordenación de cada comunidad autónoma en cuanto a las distancias y la reubicación de las farmacias ya existentes. “En muchas capitales de provincia ya está saturada la distribución geográfica de farmacias y casi no se pueden reubicar. Esto es una limitación, porque hay veces que se podría abrir una farmacia pero es muy difícil situarla”.

Requisitos

Según normativa se debe cumplir con varios requisitos en cuanto a la zonificación de la farmacia. Entre los requisitos territoriales para abrir una farmacia están:

• En cada área farmacéutica solo se debe ofrecer una farmacia cada 2800 habitantes.
• Solo se podrá abrir una farmacia adicional si en la zona se sobrepasa de dicha proporción.
• Cada farmacia debe respetar una distancia mínima de 250 metros de farmacia a farmacia.
• También se debe cumplir con una variedad de requisitos como lo son:
• Poseer el título académico con el sello del colegio de farmacéuticos.
• Cedula de colegiación del titular.
• Escritura o contrato de arrendamiento del local o un documento que valide su disponibilidad.
• Plano del local este debe estar debidamente sellado por el colegio de farmacéuticos, también debe contener la memoria descriptiva de las diferentes áreas con las que se cuenta en la farmacia.
• La persona encargada del puesto de regente debe poseer el título de farmacéutico debidamente sellado por el colegio de farmacéuticos abalado por el ministerio de salud.
• Debe poseer una certificación para el manejo de productos químicos, asi como también aparato y utensilios que autoriza la Farmacopea Española IX edición.
• Debe poseer una licencia sanitaria el libre comercio de los medicamentos.
• Estos requisitos pueden variar según la zona en la que se piense construir una farmacia, es por ello que se debe asesorar en cuanto a los requisitos que se establezcan en la zona.

La inversión necesaria

Otro de los aspectos en los que el presidente de la FEFE hace hincapíe sobre la dificultad para abrir una farmacia la inversión necesaria. Y es que no sólo es necesario encontrar el local -gastos de compra o alquiler- sino que tienen que adaptarlo para poder dar el servicio correctamente. Esto significa adquirir y ordenar un stock de medicamentos que, como mínimo, cuesta entre 50.000 y 60.000 euros, disponer de ciertos requisitos técnicos obligatorios para estar conectado y poder dar servicio a los clientes con receta electrónica y el próximo 9 de febrero se pone en marcha en Europa un nuevo sistema de verificación de medicamentos.

Los productos sin prescripción o parafarmacia

Además de medicamentos, la farmacia puede ofertar también productos de parafarmacia. Estos son, fundamentalmente, productos de salud y belleza y también algunos relacionados con el cuidado y el bienestar, así como artículos de dietética y alimentación y otros destinados a recién nacidos, tales como leches infantiles, papillas, biberones y similares.

A esta oferta, se añaden otros segmentos específicos de venta, tales como productos de ortopedia, fitoterapia, óptica y veterinaria, que algunas farmacias convierten en su foco de especialización, para dar respuesta a la demanda local existente.

Local

El local deberá tener como mínimo 50 m2, encontrarse en una vía pública, además su acceso será libre y directo.

La oficina de farmacia deberá estar distribuida en:

• Zona de dispensación de medicamentos.

• Zona de almacenamiento de los productos o medicamentos.

• Zona de consulta farmacéutica.

• Zona de preparación de fórmulas magistrales y re envasado de productos.

Los locales deberán tener las siguientes condiciones mínimas:

• Las fuentes de iluminación y de ventilación deben ser las apropiadas, ya sean naturales o artificiales.

• Las condiciones de temperatura y humedad deben ser óptimas, a los medicamentos no les puede dar la luz solar.

• Los estupefacientes deberán tener un anaquel o vitrina bajo llave.

• Debe poseer sistemas de control de incendios.

• Deben existir letreros para Farmacia con el horario de atención, el nombre completo del Director Técnico y un letrero externo identificando el nombre de la farmacia.

• Deberán estar señalizadas las vías de evacuación y señales de prevención de riesgos, además de los letreros de identificación de las distintas dependencias.

Obligaciones sanitarias

El farmacéutico titular debe estar colegiado como tal en el COF de la provincia donde abra la farmacia. Además, debe tener acceso a la farmacopea y los libros obligatorios y darse de alta en el sistema de receta electrónica.

Es importante recordar que el sector está regulado por la Administración, por el carácter sanitario de los servicios, y que, por lo tanto, está sujeto a obligaciones como la adquisición, custodia, conservación y dispensación de medicamentos y productos sanitarios. También debe llevar la vigilancia y la custodia de las recetas ya dispensadas.

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